Tribunal declara inadmisible apelación de Patricia Samudio

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal Segunda Sala ha declarado inadmisible el recurso de apelación general interpuesto por Patricia Samudio, exdirectora de Petropar, y su esposo, José Costa Perdomo.

El motivo de la apelación era impugnar la modificación del monto de la fianza real, que había sido establecida en G. 400.000.000 para cada uno.

La decisión fue unánime y tomada por los jueces Bibiana Benítez, Delio Vera Navarro y José Agustín Fernández.

Requisitos de procedibilidad

La cámara explicó que para que un recurso de apelación sea considerado, debe cumplir con ciertos presupuestos esenciales, incluyendo la legitimación activa, la presentación en tiempo, y el cumplimiento de los requisitos formales.

Además, debe ser aplicable al mecanismo de impugnación ejercido.

En este caso, aunque se cumplió con la legitimación activa, el recurso fue presentado fuera del plazo establecido, lo que llevó a su inadmisibilidad.

Detalles del Proceso

El recurso de apelación fue interpuesto por los abogados Christian Alberto Bazán Crichigno y Agustín Olazar Villar el 10 de mayo de 2024, ocho días después de la notificación del fallo, mientras que el plazo para la apelación general en medidas cautelares es de cinco días corridos.

Por lo tanto, la presentación extemporánea invalidó el recurso bajo el Art. 127 del C.P.P., que señala que las resoluciones judiciales quedan firmes cuando no son impugnables.

Contexto del Caso ‘Agua Tónica’

Anteriormente, un tribunal de sentencia había condenado a Samudio a cuatro años de cárcel y a su esposo a tres años y nueve meses, por el delito de lesión de confianza en el caso conocido como “agua tónica”.

Se detalla que Samudio, en su rol como máxima autoridad de la petrolera estatal, orquestó un esquema de defraudación al estado valorado en G 359.000.000, en complicidad con la empresa Solumedic.


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