La Cámara habló en la causa de Tuma

Tribunal avala imputación y despeja agravios de Oscar Tuma

El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Primera Sala, resolvió por mayoría que no existen agravios procesales en la imputación presentada contra el abogado Oscar Luis Tuma Bogado. Con esta decisión, el órgano jurisdiccional dejó firme la recepción de la imputación y habilitó la continuidad de la investigación fiscal.

La causa guarda relación con la presunta cesión irregular de bienes pertenecientes a Alexandre Rodrigues Gomes, también procesado en esta y otras investigaciones. El fallo rechazó los cuestionamientos planteados por la defensa y confirmó la validez del acto procesal dictado en primera instancia.

Los agravios planteados por la defensa

En su recurso, la defensa de Oscar Tuma sostuvo que el acta de imputación del Ministerio Público estaba viciada de nulidad absoluta. Argumentó que carecía de una descripción clara del hecho atribuido, no individualizaba una participación penalmente relevante y no contenía elementos concretos de sospecha ni sustento jurídico razonable.

Además, alegó el incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 302, inciso 2°, del Código Procesal Penal. Entre otros puntos, cuestionó la falta de plazo estimado de investigación, la ausencia de coherencia lógica en la imputación, la inexistencia de nexo causal y supuestas irregularidades vinculadas a medidas cautelares dictadas en otro proceso.

La postura del Tribunal y la jueza interviniente

Al analizar el caso, el Tribunal señaló que la jueza de Garantías Rosarito Montanía, al recibir la imputación fiscal, actuó dentro de sus atribuciones legales. Recordó que mediante proveído de fecha 8 de septiembre de 2025, la magistrada tuvo por recibida la imputación fiscal contra varias personas, entre ellas el hoy recurrente.

La resolución destacó que los cuestionamientos formulados por la defensa hacen al ejercicio del derecho de defensa dentro de la etapa preparatoria, la cual se encuentra destinada a la recolección de elementos de cargo y descargo. En ese contexto, el Tribunal remarcó que el Ministerio Público tiene la obligación de actuar con criterio objetivo, conforme a los artículos 54 y 172 del Código Procesal Penal.

Según el fallo, la investigación se halla en una etapa incipiente. En consecuencia, será en el desarrollo del proceso donde deberán esclarecerse cuestiones como la escrituración de los inmuebles, la buena fe de las partes intervinientes, la calidad habilitante de los involucrados y la vigencia de medidas cautelares mencionadas en la imputación.

El voto mayoritario que rechazó la nulidad

El voto preopinante fue emitido por el juez Gustavo Amarilla, quien sostuvo que no se advierte la existencia de un agravio concreto que vulnere derechos o garantías procesales de la defensa. Afirmó que tampoco se constató inobservancia de principios procesales que justifique la nulidad de las actuaciones.

A este criterio se adhirió la jueza Silvana Luraghi, conformando así la mayoría necesaria para ratificar el proveído que tuvo por recibida la imputación fiscal y rechazar los recursos interpuestos por la defensa de Oscar Tuma.

La disidencia y las críticas al procedimiento

En disidencia, la jueza Claudia Criscioni consideró erróneo el proceder del Juzgado Penal de Garantías. Sostuvo que se admitió un recurso en contra de lo establecido en el artículo 458 del Código Procesal Penal, que limita la procedencia de la reposición y apelación subsidiaria a decisiones que resuelvan un trámite o incidente.

Según su postura, la providencia que admite la imputación no constituye un simple trámite, sino el inicio formal del proceso, conforme al artículo 303 del Código Procesal Penal. También cuestionó que la providencia carezca de fundamentos, los cuales recién fueron expuestos en una resolución posterior, lo que —a su criterio— deja en indefensión a los recurrentes.

La magistrada afirmó que el control de la imputación debía haberse expresado en un Auto Interlocutorio debidamente fundamentado, para permitir un control real de la situación procesal de los imputados.

Estado actual de la causa

Con la decisión adoptada por mayoría, el Tribunal confirmó que no existen agravios procesales que justifiquen la nulidad de la imputación. De este modo, la investigación fiscal contra Oscar Tuma continúa su curso dentro de la etapa preparatoria.

Hasta el momento, no se informó sobre la presentación de nuevos recursos contra esta resolución ni sobre eventuales medidas adicionales dispuestas en el marco de la causa.

🔗 El Observador – Tribunal por mayoría ratifica inexistencia de agravios en imputación al abogado Oscar Tuma

¿Creés que este tipo de decisiones fortalece o debilita el control judicial sobre las imputaciones fiscales? ⚖️💬

📱 Sumate a nuestro canal en WhatsApp para seguir el avance de las principales causas judiciales. 📲📄

Descubre más desde El Paraguayo Independiente

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo