Dictamen pericial reactiva estafa de la “madera china”
El dictamen técnico-pericial incorporado a la causa “Carlo Minelli y otros s/ Estafa y otros” (N.º 6466/2025) volvió a poner en el centro del debate judicial una presunta estafa vinculada a falsas exportaciones de madera a China Continental, causa en la que se investiga la captación de millones de dólares de decenas de inversionistas.
La causa tomó estado público tras los reclamos difundidos por el medio 1000 Noticias, donde denunciantes advirtieron sobre un posible escenario de impunidad si prospera el pedido de sobreseimiento presentado por el fiscal Julio Ortiz, decisión que este miércoles deberá ser ratificada o rectificada por el Ministerio Público. La solicitud fue objetada por el juez penal de garantías interviniente.
El rol del fiscal Aldo Cantero en la causa
Según lo expuesto en 1000 Noticias, el fiscal Aldo Cantero fue el encargado de impulsar inicialmente la imputación contra los investigados, avanzando en la recolección de elementos probatorios vinculados a la supuesta estafa por exportaciones inexistentes.
De acuerdo con los denunciantes, la actuación posterior del Ministerio Público —con el pedido de sobreseimiento presentado por el fiscal Julio Ortiz— generó preocupación debido a que restan diligencias claves por realizar, lo que podría derivar en el cierre de la causa sin un esclarecimiento integral de los hechos investigados.
Este contexto procesal adquiere relevancia tras la incorporación del dictamen pericial, que contradice la hipótesis de una operación comercial legítima.
🔗 1000 Noticias – Temen posible impunidad de acusados de estafa con falsas exportaciones a China Continental
Una exportación que nunca existió
Según la hipótesis fiscal inicial, los imputados habrían montado una estructura para recaudar dinero de particulares prometiendo una exportación de madera a China que nunca se concretó. Los fondos se habrían captado utilizando documentos comerciales y logísticos presentados como respaldo patrimonial de la operación.
El análisis técnico fue realizado por el perito judicial Emilio Pedro Fernández Núñez, especialista en materia documental, financiera y societaria, quien reconstruyó la trazabilidad completa de los documentos utilizados en el esquema investigado.
El dictamen concluye que la operación carecía de existencia real y que las garantías ofrecidas a los inversionistas no reunían condiciones mínimas de validez, efectividad ni verificabilidad.
Un Bill of Lading reutilizado y sin respaldo
Uno de los puntos centrales del informe es la utilización de un único Bill of Lading (BL) —documento equivalente a la “cédula de identidad” de una carga— para múltiples operaciones.
El Bill of Lading N.º COSU8038459540 fue presentado como garantía. Sin embargo, el perito determinó que carecía de valor jurídico, ya que la mercadería consignada pertenecía a un tercero ajeno a la operación.
El dictamen establece que Lantana S.A., empresa vinculada a Carlo Minelli, no tenía poder de disposición sobre la carga, confirmando que se simuló un respaldo patrimonial inexistente.
La carga ya había salido del puerto
El informe pericial también analiza el proceso aduanero conocido como Gate Out, que marca el retiro efectivo de la carga y el fin de la responsabilidad de la naviera y de la autoridad aduanera.
Según los registros oficiales, la carga fue retirada el 18 de julio de 2023, pero el BL fue ofrecido como garantía en una fecha posterior.
El dictamen concluye:
“Al momento de constituirse las garantías ofrecidas a los inversionistas, la carga no se encontraba en puerto ni bajo potestad de la naviera. La garantía carecía de sustento fáctico y operativo”.
Empresas sin respaldo y cuentas inexistentes
El informe también concluye que Lantana S.A. y Atlantide S.A. no contaban con capacidad económica real, presentaban una actividad comercial limitada o inexistente, y que se utilizaron cuentas bancarias inexistentes como presunta prueba de la ruta del dinero.
No se registraron ingresos de divisas ni instrumentos propios del comercio exterior que acreditaran la existencia de la operación.
La conclusión del informe
El dictamen pericial cierra de forma categórica:
“De los análisis societarios, financieros, comerciales y bancarios se concluye que la operación presentada por los imputados carecía de existencia real y no reunía los elementos mínimos para constituir una garantía válida, efectiva o verificable”.

El informe aclara que la segmentación penal de los hallazgos no implica una calificación jurídica definitiva, pero sí aporta elementos técnicos objetivos que deberán ser valorados por el Ministerio Público y el órgano jurisdiccional al momento de resolver.
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