Caso Tajy: la Corte le contestó a Miguel Prieto

La resolución de la Sala Penal destraba la audiencia preliminar en la causa por la presunta apropiación de G. 306 millones

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió la recusación que la defensa del exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, había presentado contra los camaristas del Tribunal de Apelación que entienden en una de sus causas. Según informó ABC Color, el máximo tribunal rechazó el planteo. La resolución fue suscripta por los ministros Manuel Dejesús Ramírez Candia, Alberto Martínez y Eugenio Jiménez Rolón.

Los camaristas cuya separación se buscaba son Gustavo Amarilla, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi, integrantes del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos. Con la negativa de la Corte, el tribunal podrá retomar el análisis de los recursos pendientes que impedían avanzar hacia la audiencia preliminar.

De qué causa se trata

El proceso penal contra Prieto, conocido públicamente como «Caso Tajy», gira en torno a la presunta apropiación de fondos públicos mediante una supuesta compra ficticia de alimentos por G. 306 millones durante la pandemia. Según lo publicado, Prieto enfrenta cargos por lesión de confianza, asociación criminal y administración en provecho propio. La causa, conforme a La Nación, queda destrabada con esta resolución para continuar su curso.

Por qué la defensa quería apartar a los camaristas

De acuerdo con ABC Color, la defensa de Prieto sostuvo que los camaristas habrían «resuelto dos casos sustancialmente idénticos en sentidos frontalmente opuestos, sin justificación expresa y legal del cambio radical de criterio». Sobre esa base, planteó la recusación para que se apartara a los tres magistrados.

Los camaristas, por su parte, contestaron que las causas comparadas «son totalmente diferentes», en particular en cuanto al monto del dinero presuntamente desviado, según consignó ese medio.

Qué dijo la Corte para rechazar el planteo

La Sala Penal concluyó que «el motivo invocado por el recusante no fue debidamente acreditado» y, por lo tanto, que no existen motivos válidos para separar a los camaristas Amarilla, Luraghi y Criscioni del proceso. Como recogió El Observador, la máxima instancia subrayó además que la figura de la recusación «no ha sido creada para que las partes escojan a jueces» cuando no comparten el criterio de quienes les corresponde juzgar.

Qué viene ahora

Con el planteo rechazado, los camaristas Amarilla, Criscioni y Luraghi deberán resolver los recursos pendientes que hasta ahora impedían realizar la audiencia preliminar, etapa en la que se decidirá si la causa se eleva o no a juicio oral y público.

Una precisión necesaria

Conviene remarcar que la resolución de la Corte es una decisión sobre una cuestión procesal —la integración del tribunal— y no se pronuncia sobre el fondo de los hechos investigados. La causa permanece en trámite y rige el principio de presunción de inocencia respecto de Miguel Prieto hasta tanto recaiga sentencia firme. EPI amplifica la información publicada por los medios citados y seguirá la evolución del caso.


🔗 Fuentes: ABC Color — Revés judicial para Miguel Prieto: Corte Suprema rechaza recusación contra jueces de apelación · La Nación — Caso Tajy: destraban proceso penal contra el exintendente de CDE, Miguel Prieto · El Observador — Sala Penal: «Recusación no ha sido creada para que las partes escojan a jueces»

⚖️💬 ¿Vos qué pensás? ¿Las recusaciones son una herramienta válida de defensa cuando un magistrado parece haber cambiado de criterio, o se terminan usando para estirar las causas y elegir a quién juzga?

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One thought on “Caso Tajy: la Corte le contestó a Miguel Prieto

  1. Desastre esta justicia ,..el Prieto hizo muchas cosas en pandemia y después….sin embargo el Óscar Rodríguez solo robo y nadie lo molesta dejo una ciudad en estado desastroza . .a nadie le importa por qué es colorado cartistas y encima hijo
    de un fraudulento juez

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