Extinguen pena de ex defensora condenada por coima
La jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer declaró extinguida la pena de la ex defensora pública Yrene Catherine Peña Cabral, quien había sido condenada a dos años de prisión en un procedimiento abreviado por cohecho pasivo agravado y tráfico de influencias. La decisión se adoptó tras verificarse el cumplimiento de todas las condiciones impuestas durante el periodo de prueba.
Condena abreviada y hechos admitidos en el proceso
El 14 de marzo de 2024, el juez Humberto Otazú dictó el fallo que condenó a la entonces defensora pública a dos años de prisión, con suspensión de la ejecución de la pena.
Según la investigación del Ministerio Público, la ahora condenada solicitó dinero a una persona procesada a cambio de gestionar una salida favorable, específicamente la suspensión condicional del procedimiento. La Fiscalía sostuvo que incluso mencionó que el dinero sería destinado a otras partes del proceso, incluyendo al Tribunal de Sentencia.
En el marco del procedimiento abreviado, Peña Cabral reconoció los hechos, lo que permitió la imposición de la condena con medidas sustitutivas.
Condiciones impuestas y periodo de prueba
Como condición para evitar la prisión, la condenada debía cumplir una serie de reglas de conducta. Entre ellas, realizó una donación de G. 10.000.000 en concepto de reparación del daño social a la organización Aldeas Infantiles SOS Paraguay.
El expediente ingresó al Juzgado de Ejecución el 5 de abril de 2024. A partir de esa fecha, se fijó el periodo probatorio, que se extendió hasta el 14 de marzo de 2026.
Durante ese tiempo, la magistrada Sandra Kirchhofer supervisó el cumplimiento de las condiciones. El 2 de abril de 2025, la jueza ya había resuelto mantener el beneficio de la suspensión a prueba de la ejecución de la condena.
Resolución final y extinción de la pena
Una vez cumplido el plazo establecido, la jueza analizó el comportamiento procesal de la condenada. Constató que la imputada cumplió todas las obligaciones y reglas de conducta fijadas por el juzgado.
En consecuencia, la magistrada resolvió declarar la extinción de la pena por vencimiento del periodo de suspensión. La decisión pone fin al cumplimiento de la condena en este caso específico.
No se mencionan en la resolución otros procesos pendientes o situaciones judiciales adicionales respecto a la ex defensora, lo que queda sujeto a verificación en registros oficiales.
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