Condena firme por hurto millonario a personal trainer
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena de siete años de prisión contra Mariano José Mongelós, hallado culpable de hurto agravado en perjuicio de una clienta para quien trabajaba como instructor personal. El fallo cierra de manera definitiva el proceso penal.
La decisión de la Corte y el fallo ratificado
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y Yolanda Portillo, que declaró responsable a Mariano José Mongelós por el delito de hurto agravado.
Con esta resolución, la condena queda firme y ejecutoriada, al rechazarse los planteamientos de la defensa y agotarse las instancias recursivas. La pena impuesta es de siete años de cárcel.
El hecho probado en juicio
Durante el juicio oral se probó que Mongelós se desempeñaba como personal trainer a domicilio de Camila Elizeche. Aprovechando la confianza de la familia y el acceso habitual a la vivienda, el ahora condenado sustraía de manera gradual joyas y objetos de alto valor.
El modus operandi consistía en simular ausencias momentáneas —como retirarse al baño— para extraer los bienes desde cajones del vestidor. El valor total de lo sustraído fue estimado en más de 300.000 dólares, lo que convirtió el caso en uno de los hurtos agravados de mayor impacto económico registrados en el ámbito doméstico.
La prueba clave y el cierre del proceso
Inicialmente, la vivienda no contaba con cámaras de seguridad. Sin embargo, ante la reiterada desaparición de joyas, la propietaria decidió instalar un sistema de videovigilancia. Las grabaciones captaron al instructor mientras tomaba los objetos de valor, prueba que resultó determinante para la investigación y la posterior condena.
El proceso fue impulsado por la fiscala María José Abed, en representación del Ministerio Público, quien sostuvo la acusación tanto en el juicio como en las instancias posteriores. En tanto, el abogado querellante Alfredo Delgado expresó su conformidad con la decisión de la Corte, destacando que el fallo pone fin al proceso y confirma la responsabilidad penal del acusado.
Cabe recordar que los cómplices del hecho, César Rojas y Christian Cuquejo, ya habían sido condenados con anterioridad mediante un procedimiento abreviado.
El rechazo a los planteamientos de la defensa
En su resolución, la Sala Penal sostuvo que los argumentos defensivos carecían de sustento jurídico. El fallo señala textualmente:
“No se observa vulneración alguna del derecho a la defensa en juicio ni del debido proceso, por lo que pretender dejar sin efecto un juicio sin fundamento alguno que lo sustente deviene notoriamente improcedente”.
Con este pronunciamiento, la Corte cerró definitivamente el expediente penal y dejó firme la condena contra el personal trainer.
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