Tribunal dispara condena en caso Granada

Tribunal condena a 10 años al comunicador Carlos Granada

El Tribunal de Sentencias impuso 10 años de prisión al comunicador Carlos Javier Granada Fernández. La decisión se adoptó por unanimidad y se basó en hechos de coacción, coacción sexual y abuso sexual cometidos contra trabajadoras de prensa que estaban bajo su mando.

Fallo unánime y revocatoria de medidas

El Tribunal presidido por la jueza Laura Ocampo, e integrado por Cándida Fleitas y Juan Pablo Mendoza, declaró culpable al imputado Carlos Javier Granada Fernández por tres hechos punibles: coacción, coacción sexual y abuso sexual.
Los jueces indicaron que los hechos y la autoría quedaron probados durante el juicio oral, que se extendió por más de seis meses.
Tras la deliberación, el Tribunal resolvió la condena de 10 años de privación de libertad, revocó todas las medidas alternativas y ordenó su remisión inmediata a una penitenciaría.

El Ministerio Público —representado por las fiscalas Claudia Aguilera, Nathalia Silva y Luz Guerrero— había solicitado la misma pena. La defensa, a cargo del abogado Álvaro Arias Ayala, pidió la prescripción de uno de los hechos atribuidos.

Argumentos del Tribunal: patrones, vulnerabilidad y conducta reiterada

En la lectura del fallo, la jueza Cándida Fleitas afirmó que “Canal 9 perdió fama y prestigio a causa de estos hechos porque Carlos Granada era un pilar fundamental del medio”.
Agregó que durante el juicio escucharon a víctimas, querellantes y otras periodistas que dijeron haber sufrido conductas similares por parte del entonces gerente de prensa.

La magistrada describió un patrón sostenido: Granada iniciaba vínculos con actitud “paternal”, generaba confianza y luego derivaba en exigencias y tocamientos. Las víctimas relataron episodios de manoseo, presión psicológica, cambios de horarios como forma de castigo y situaciones que provocaron ansiedad, baja autoestima y pensamientos suicidas.
Fleitas subrayó que todas compartían un punto común: eran jóvenes, económicamente vulnerables y dependían del empleo.

Intentos procesales y rechazo en la Corte

Tras la condena, Granada mencionó una acción de inconstitucionalidad pendiente ante la Corte Suprema de Justicia.
Minutos después, trascendió la resolución: la Sala Constitucional rechazó suspender el juicio.
El Auto Interlocutorio N.º 2142 —dictado por los ministros César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander— confirmó decisiones previas que enviaron la causa a juicio oral.

Con esto, quedó firme la continuidad del proceso y sin efecto el pedido del condenado.

Relatos coincidentes y modus operandi probado

El Ministerio Público atribuyó los hechos al periodo comprendido entre 2016 y abril de 2022.
Las fiscalas detallaron un mismo modo de operar: convocatorias a la oficina de Granada —un espacio reducido y de poca luz—, conversaciones privadas sin relación laboral y progresión hacia besos forzados, manoseos y, en varios casos, coacción sexual.

Tres víctimas denunciaron tocamientos en zonas genitales y dos relataron coito forzado.
Las declaraciones fueron consistentes con lo expuesto en sede fiscal y en las sesiones de acompañamiento psicológico.

Granada fue imputado el 27 de agosto de 2022. Pasó por prisión preventiva, arresto domiciliario y libertad ambulatoria por compurgamiento, antes del juicio oral.

🔗 ABC – Condenan a 10 años de cárcel al comunicador Carlos Granada

 

 


¿Considerás que el fallo de 10 años refleja adecuadamente la gravedad acreditada en el juicio?

Sumate a nuestro canal en WhatsApp para seguir los próximos movimientos judiciales del caso.

Descubre más desde El Paraguayo Independiente

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo