Juez concede sobreseimiento provisional a exdirectivos de Mocipar en causa por perjuicio millonario
El juez Yoan Paul López otorgó el sobreseimiento provisional al exministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH) Dany Durand y a seis exdirectivos de Mocipar Propiedades S.A., imputados por estafa, lesión de confianza, conducta conducente a la quiebra y asociación criminal.
La medida responde al pedido del fiscal Aldo Cantero, ratificado por la fiscala adjunta Patricia Rivarola, con el argumento de que restan 15 diligencias investigativas.
Imputados y hechos investigados
Además de Durand, están procesados María Patricia Espínola Durand, Luz Marina González de Durand, Marcela Adriana Durand Martínez, Favio Arturo Britos Ocampo, Diana Teresita Britos de Román y Fernando Román Fernández.
La acusación sostiene que los representantes de Mocipar habrían establecido contratos de planes de vivienda con plazos de pago de hasta 90 meses, sin cumplir con las entregas pactadas, lo que habría generado un perjuicio de G. 162.775.000 a tres clientas.
Modus operandi denunciado
Según el Ministerio Público, las víctimas firmaron contratos como Casa Plan, Plan Consorcio Casa y Plan de la Vivienda Tu departamento fácil de pagar, abonando cuotas que fueron incrementándose con el tiempo, incluso tras renovaciones de contrato.
En varios casos, se habrían firmado rescisiones bajo advertencia de perder lo aportado y se suscribieron nuevos contratos sin recibir las viviendas prometidas. La empresa se declaró en quiebra en 2017, lo que, según la investigación, evidencia que operaba en estado de insolvencia desde años antes.
Diligencias pendientes
El sobreseimiento provisional incluye la realización de 15 medidas, entre ellas: ampliación de declaraciones testificales, pedidos de informes a la Sindicatura de Quiebras, Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, CONAJZAR, Registros Públicos y medios de comunicación sobre publicidad contratada. También se prevé una pericia contable forense para determinar la capacidad de cumplimiento de Mocipar y el monto exacto del perjuicio patrimonial.
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