TSJE deberá organizar elecciones en 90 días si se destituye a un intendente
Justicia Electoral en alerta por posibles elecciones en Asunción y CDE
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) se prepara para un posible llamado a elecciones municipales en Asunción o Ciudad del Este, ante la eventual destitución de sus intendentes.
Según el organismo, el actual presupuesto no contempla comicios en estas dos capitales departamentales, que suman casi 700.000 electores.
Desde la dirección de Procesos Electorales del TSJE, Carlos María Ljubetic advirtió que están atentos al desarrollo político por una cuestión presupuestaria clave. “No hay que perder de vista que entre ambas ciudades hay casi 700.000 electores”, remarcó en entrevista con el canal GEN.
Aclaró, sin embargo, que el TSJE debe cumplir con el artículo 165 de la Constitución Nacional, que obliga a convocar elecciones en un plazo de 90 días si se produce la destitución formal del jefe comunal.
Intervención y proceso previo a una elección
Actualmente, el proceso se encuentra en etapa inicial. Para que se convoque a elecciones, el Congreso primero debe aprobar la intervención de la municipalidad. Luego, se designa un interventor, quien tendrá un plazo máximo de 90 días para presentar un informe detallado de gestión.
Ese documento será evaluado por la Cámara de Diputados, que tendrá la última palabra sobre la continuidad o destitución del intendente.
Recién si se concreta la destitución, se debe notificar formalmente al TSJE. A partir de ese momento, el organismo tiene un plazo de 90 días para organizar tanto la interna partidaria como la elección municipal correspondiente.
Elecciones anticipadas solo si se confirma la destitución
En caso de que el Congreso resuelva avanzar con la destitución, el calendario electoral se pondrá en marcha, lo que podría derivar en elecciones municipales anticipadas durante los primeros meses del próximo año, según estimó Ljubetic.
Asimismo, explicó que si el cargo de intendente queda vacante por otras razones —como inhabilidad, renuncia o fallecimiento— y eso ocurre en los últimos dos años del mandato, el mecanismo cambia: asume el presidente de la Junta Municipal, quien deberá convocar a una sesión para designar a un nuevo intendente entre los concejales.
Este proceso solo se activará si se cumplen las condiciones legales y políticas necesarias, pero desde el TSJE ya anticipan que requerirán fondos adicionales para afrontar el costo de una eventual elección en alguna de las dos ciudades más pobladas del país.
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