Nuevo juicio por muerte de Sol Chávez: ¿justicia a la vista?

Acusadas por muerte de Sol Chávez tendrán nuevo juicio tras anulación de leve condena

La Cámara de Apelaciones anuló la sentencia que condenó a 2 años de cárcel a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y a la química farmaceútica Sandra Hermosa, acusadas por la muerte de Sol Chávez. Las profesionales afrontarán un tercer juicio oral por el homicidio culposo de la universitaria de 22 años, quien perdió la vida a raíz de una dosis excesiva de flúor, que las mismas recetaron y prepararon.

El Tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, concluyó, por unanimidad, que la Sentencia Definitiva N° 321, dictada el 5 de agosto pasado por el tribunal presidido por la jueza Laura Ocampo e integrado por Fabián Weisensee y Cándida Fleitas, está plagado de irregularidades que no tienen cómo ser subsanadas.

En consecuencia, el tribunal de alzada resolvió declarar la nulidad del fallo de primera instancia y ordenó el reenvío del expediente para un nuevo juicio, a fin de establecer la pena acorde al caso. Dicho análisis estará a cargo de otro Tribunal de Sentencia.

A través de la Sentencia Definitiva N° 321, el colegiado había condenado a 2 años de prisión a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y a la química farmacéutica Sandra Natalia Hermosa, la primera por haber recetado a Sol Chávez la dosis letal y la segunda, por elaborar el preparado que intoxicó a la joven.

“Encontramos claras y burdas contradicciones en el análisis hecho por el Tribunal, pues en los puntos aludidos conforme se observa, se arguye que no pueden ser valorados por ser un hecho culposo y no doloso y además alegan que ya fue objeto de valoración en relación a la tipicidad objetiva, sin embargo en todos estos puntos, se concluye, al final, que son considerados puntos a favor, es decir, primeramente afirman que no pueden ser valorados para luego concluir que debe ser considerado a favor de las condenadas”, resalta el Tribunal de Apelaciones en parte de la argumentación.

Agrega que sumado a las repetitivas contradicciones evidenciadas, está la pobre fundamentación en relación a los demás ítems establecidos en el Artículo 65 del Código Penal, cuyo análisis denota claras contradicciones y falta de fundamentación por parte del Tribunal de Sentencia, según remarcan los camaristas en el Acuerdo y Sentencia N° 86, dictado este 18 de diciembre de 2024.

Sol Chávez murió a causa de una sobredosis de flúor

Según se probó en el primer juicio de la causa, María Sol Chávez Franco seguía un tratamiento odontológico con la Dra. Lilia Graciela Espinoza, quien le recetó flúor de 1 gr. (comprimidos) refiriéndole que debía consumir dos comprimidos por día durante un periodo de dos semanas. La paciente buscó en distintas farmacias de plaza el medicamento, pero como no lo conseguía, comunicó a la profesional.

El 8 de abril de 2021, la universitaria informó a la odontóloga que la empresa Botica Magistral le podía preparar el medicamento y le consultó otra vez si debía tomar 2 gr. por día. La hoy acusada confirmó el gramaje y la forma de consumo.

La acusación fiscal resalta que María Sol empezó a consumir el ingrediente recetado el 9 de abril de 2021, a las 15:00 horas, y para las 17:00 de ese día comenzó a sentirse mal, por lo que fue trasladada al Sanatorio San Martín de Asunción. Ya en el lugar, la joven sufrió un paro cardiorrespiratorio, se le intentó reanimar pero falleció a las 22:15, según la acusación.

Por su parte, la química farmacéutica Sandra Natalia Hermosa fue quien realizó el preparado en la citada empresa, de acuerdo a lo probado por el Ministerio Público y la querella en el primer juicio oral de la presente causa penal.

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