Nuevas pautas del RUN cambian las reglas en trámites judiciales

RUN fija nuevas exigencias para presentar oficios judiciales

La Corte Suprema de Justicia, a través del Registro Unificado Nacional (RUN), comunicó nuevas pautas obligatorias para la presentación de oficios judiciales ante dependencias registrales. Las disposiciones se ajustan al Reglamento Técnico Catastro Registral, aprobado por la Acordada N.º 1.823/25, y rigen para magistrados, auxiliares de justicia y usuarios en general.

Las medidas buscan unificar criterios, reducir observaciones y evitar demoras en la tramitación de órdenes judiciales con efectos registrales.

Alcance de las nuevas disposiciones

Las exigencias alcanzan a los oficios que ingresen a las direcciones generales dependientes del RUN. Entre ellas se encuentran la Dirección General de Registros Especiales, la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles y la Dirección General del Registro del Automotor.

Según el Poder Judicial, todos los oficios deberán ajustarse a requisitos específicos para su correcta tramitación, sin excepciones, bajo apercibimiento de ser observados.

Datos obligatorios para individualizar bienes y derechos

Uno de los puntos centrales es la obligación de consignar información precisa que permita individualizar claramente el bien, derecho, sujeto o documento sobre el cual recae la orden judicial.

En el caso de inmuebles, los oficios deberán detallar, según corresponda, datos como número de finca, padrón, protocolo, matrícula, cuenta corriente catastral o el código único de identificación catastral registral.

Cuando la información resulte insuficiente, el registrador estará facultado a solicitar un nuevo oficio al juzgado interviniente, indicando de forma expresa cuáles son los datos faltantes necesarios para identificar el asiento registral.

Identificación del proceso y de las partes

Las nuevas pautas también exigen que los oficios incluyan la carátula del proceso y la identificación completa del juzgado que dictó la resolución.

Además, deberá consignarse el monto de la medida cautelar, incluidos los gastos de justicia y el IVA cuando corresponda, junto con la identificación del acreedor y los datos completos de las personas contra quienes se disponga la medida.

Será obligatorio detallar el estado civil, nacionalidad, profesión u oficio y domicilio de la persona afectada por la orden judicial, así como los datos completos de la persona física o jurídica a cuyo favor se dicta la resolución o que haya solicitado la medida cautelar con efectos registrales.

Objetivo: eficiencia y seguridad jurídica

Desde el Poder Judicial señalaron que estas exigencias apuntan a optimizar los procesos registrales, reforzar la seguridad jurídica y evitar retrasos en la ejecución de órdenes judiciales.

La Corte considera que la correcta identificación de los datos permitirá un funcionamiento más eficiente del sistema registral nacional y reducirá la necesidad de reiterar oficios por errores formales.

🔗 Judiciales Net – Nuevas exigencias del RUN para la presentación de oficios judiciales

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