Condena de cuatro años de prisión efectiva
El juez de Ejecución de Delitos Económicos, Carlos Mendoza, emitió el 1 de julio de 2025 los Autos Interlocutorios N.º 85 y 86, por los cuales intimó al exdiputado Carlos María Soler Cano a que se presente en un plazo de 24 horas para comenzar a cumplir su condena de cuatro años de prisión por cohecho pasivo agravado, extorsión y tráfico de influencias.
Soler debe presentarse en una comisaría, juzgado o penitenciaría, bajo apercibimiento de orden de captura inmediata en caso de incumplimiento.
El origen de la condena
La sentencia definitiva N.º 257, dictada el 8 de julio de 2022, estableció que Soler y el exdirector del Indert, Enrique Gómez de la Fuente, exigieron un soborno de USD 125.000 para regularizar adjudicaciones de tierras en el Chaco.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución del 26 de julio de 2024, ratificó la condena, dejándola firme y ejecutoriada.
Fin de las medidas sustitutivas
Desde octubre de 2019, Soler se encontraba en libertad con medidas alternativas a la prisión. Sin embargo, estas vencieron el 25 de octubre de 2023, según el artículo 136 del Código Procesal Penal.
El juez Mendoza resolvió que ya no existe justificación legal para mantener los beneficios y ordenó la ejecución de la pena.
Riesgo de captura
La intimación incluye el apercibimiento de que, si no se presenta voluntariamente, se procederá a su detención en todo el territorio nacional, en cumplimiento del artículo 295 del Código de Ejecución Penal.
El mismo proceso judicial afecta también al exdirector del Indert, Enrique Gómez de la Fuente.
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