Juez José Delmas rechaza desestimación en caso Mocipar Automotores
El juez José Delmas ha rechazado la desestimación solicitada por la fiscal Teresa Sosa Laconich en la denuncia presentada contra Fernando Román Fernández, representante legal de Mocipar Automotores S.A.. La fiscal argumentó que el hecho denunciado no se encuadra en el tipo penal de estafa ni en otro previsto en el Código Penal.
Detalles de la denuncia
Según la denuncia de Víctor Manuel Decoud, la empresa ofrecía un sistema de adquisición de vehículos mediante el pago de cuotas mensuales durante 60 meses. Al finalizar el contrato, Decoud esperaba recibir su automóvil; sin embargo, se le exigió pagar nuevamente durante otros 60 meses o aceptar la devolución del dinero en cuotas, de las cuales solo recibió 13 de las 56 acordadas.
Argumentos de la fiscalía
La fiscal Sosa Laconich sostuvo que Fernando Román Fernández no realizó declaración falsa alguna al señor Decoud, ya que el incumplimiento del acuerdo no se relaciona con una manifestación sobre un hecho susceptible de constituir una declaración falsa. Además, argumentó que Mocipar Automotores S.A. no obtuvo beneficio alguno de esta circunstancia, pues devolvió 13 de las 56 cuotas al señor Decoud.
Decisión del juez Delmas
El magistrado José Delmas decidió avanzar con el proceso y denegar la desestimación, argumentando que, dada la complejidad del caso, corresponde aplicar lo previsto en el artículo 314, párrafo segundo, del Código Procesal Penal. De esta forma, el Superior Jerárquico podrá ejercer un control vertical sobre las actuaciones realizadas por la agente fiscal interviniente, remitiendo los autos al Fiscal General del Estado para que ratifique o rectifique lo actuado por la fiscal Sosa Laconich en un plazo de 10 días.
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