Nuevo revés judicial para exintendente acusado de irregularidades
Tribunal confirma decisión del juez Otazú
El Tribunal de Apelación en lo Penal, Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Corrupción, Primera Sala de la Capital, resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la defensa del exintendente, representada por los abogados Julio César Bobadilla Estigarribia y Osvaldo Sotelo Franco.
La resolución, suscrita por los magistrados Claudia Criscioni, Silvana Luraghi y Gustavo Amarilla, ratifica el Auto Interlocutorio N.º 217 del 12 de agosto de 2025, que dispuso la elevación de la causa N.º 4106/2019 a juicio oral y público.
En su voto, la jueza Criscioni señaló que el recurso fue presentado en tiempo, pero resultó inadmisible por carecer de fundamentos concretos. Indicó que la defensa “no cumplió con los requisitos del artículo 462 del Código Procesal Penal”, que exige expresar agravios claros y proponer soluciones jurídicas frente a la resolución impugnada.
“El escrito es ininteligible; la defensa invoca incluso la violación de la legítima defensa, figura que corresponde a una causa de justificación del artículo 19 del Código Penal”, afirmó la magistrada, al advertir errores de redacción y falta de coherencia argumental.
La jueza Luraghi adhirió al voto de Criscioni, mientras que el juez Amarilla Arnica coincidió en que el escrito carecía de sustento jurídico y técnico, pese a considerar que el Tribunal de Alzada sí tenía competencia para revisar apelaciones de resoluciones dictadas en audiencia preliminar.
Deficiencias en la prueba ofrecida por la defensa
La Cámara observó que la defensa cuestionó el rechazo de un incidente de inclusión probatoria sobre una supuesta “exposición gráfica y oral del circuito administrativo de las anulaciones”, elaborada según afirmaron con datos de Tesorería Municipal.
Sin embargo, el Tribunal consideró que el ofrecimiento “carecía de precisión sobre su contenido, metodología y relevancia procesal”. Tampoco identificaba a las personas participantes ni proponía peritos idóneos para su análisis técnico.
Por ello, los jueces concluyeron que la prueba era impertinente e inútil, y resolvieron mantener la elevación de la causa a juicio oral y público, imponiendo las costas del proceso a la parte recurrente.
Esquema detectado y perjuicio a la comuna
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía Anticorrupción, encabezada por la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción, durante la administración de Gómez (2015–2021) se habría montado un esquema para anular comprobantes de ingresos ya abonados por contribuyentes, con el fin de desviar fondos municipales.
El perjuicio estimado asciende a G. 9.317 millones, según la acusación presentada por el Ministerio Público, que también imputa a los exfuncionarios Roberto Paredes, Rodrigo Portillo y Ricardo Ronald Riccardi por lesión de confianza, producción de documentos no auténticos y otros delitos contra la administración pública.
Una auditoría interna detectó comprobantes anulados sin sustento documental y registros informáticos alterados. Esas irregularidades derivaron en la imputación de 2019 y la posterior acusación que ahora será debatida en juicio oral y público.
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