#UNAnoTeCalles y otra victoria, casi una década después

El exrector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) Froilán Peralta, y María del Carmen Martínez Méndez, más conocida como “la comepapeles”, van a cumplir sus penas a 3 años y 3 años y medio de cárcel por el caso que inició con la protesta estudiantil denominada #UNAnoTeCalles. La Sala Penal rechazó la aclaratoria que planteó la defensa.

Los ministros María Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, resolvieron no hacer lugar a la aclaratoria planteada por la defensa respecto al fallo que declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de casación y dejó firmes las penas de Froilán Peralta y María del Carmen Martínez.

El exrector de la UNA y “la comepapeles” fueron condenados en primera instancia mediante la Sentencia Definitiva N° 562 del 8 de agosto de 2022, dictada por el Tribunal de Sentencia de la ciudad de Fernando de la Mora, presidido por la jueza Victoria Ortiz e integrado por los magistrados Pedro Nazer y Rilsy Ortiz como miembros.

Froilán Peralta fue hallado culpable lesión de confianza, al haber contratado a parientes y otras personas con rubro docente sin tener el título habilitante para ejercer la docencia, por lo que fue condenado a 3 años de pena privativa de libertad.

Por su parte la exdirectora de Talento Humano del Rectorado, María del Carmen Martínez, fue condenada a 3 años y medio de prisión al ser probada su culpabilidad en haber contratado a personal para su granja, pero pagado con rubros del Rectorado.

En el fallo que rechazó los recursos de casación la Sala Penal del máximo tribunal había señalado que ante la falta de fundamentos, resulta imposible verificar si existen contradicciones en las resoluciones citadas por las instancias correspondientes, por lo que los ministros miembros concluyeron que los recursos extraordinarios de casación son inadmisibles.

En el caso del exrector de la UNA el fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción Luis Said probó la existencia del hecho punible de lesión de confianza porque Froilán Peralta nombró a personas que no tenían el perfil ni la capacidad técnica para el ejercicio de la docencia.

El agente del Ministerio Público resaltó en sus alegatos finales que en la mayoría de los casos, los nombrados solo habían acabado el nivel escolar secundario, que según el propio estatuto de la UNA y la Ley General de Educación, los nombrados para estos cargos tienen que tener título académico universitario o de nivel superior.

Said puntualizó que el daño patrimonial que produjo Froilán con su conducta dolosa en el periodo señalado de 2012 a 2015, por medio de los nombramientos fraudulentos, fue de unos G. 1.257 millones, aproximadamente.

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