Dany Durand sobreseído en tres causas vinculadas a Mocipar tras dos años de averiguación
El juez Miguel Palacios resolvió el sobreseimiento definitivo de Dany Edgar Xavier Durand Espínola, exministro del MUVH, junto a Luz Marina González de Durand, María Patricia Espínola Durand, Diana Teresita Britos de Román, Favio Arturo Britos y Fernando Román Fernández. Los seis habían sido imputados en septiembre de 2023 por el supuesto hecho punible de estafa.
La medida fue adoptada tras el dictamen del fiscal adjunto Augusto Salas, quien ratificó que no existían elementos probatorios concluyentes que permitieran formular una acusación formal. La imputación original había sido formulada por el fiscal Alcides Corvalán, en base a los artículos 187, inciso 1, en concordancia con los artículos 29 y 16 del Código Penal.
Reapertura y solicitud de sobreseimiento definitivo
El 29 de febrero de 2024, el Ministerio Público solicitó el sobreseimiento provisional, alegando falta de certeza y la necesidad de recabar más pruebas. El juzgado aceptó, permitiendo ampliar la investigación mediante diligencias como pedidos de informes a la Dirección de Registros Públicos, el Registro Automotor y la Sindicatura de Quiebras.
Sin embargo, el 11 de abril de 2025, los fiscales Hernán Galeano, Dominica Zayas, Julio Ortiz y Silvio Alegre pidieron la reapertura de la causa, pero esta vez con un nuevo requerimiento: el sobreseimiento definitivo, al no haber posibilidad razonable de obtener nuevas pruebas ni fundamentos para llevar el caso a juicio oral.
Evaluación fiscal y trámite de oposición
Durante la audiencia preliminar del 8 de mayo de 2025, el juzgado aplicó el trámite de oposición previsto en el artículo 358 del Código Procesal Penal, elevando el caso a la Fiscalía General del Estado. Esta instancia debía pronunciarse sobre la postura de los fiscales de la causa.
El dictamen fiscal N.º 90, emitido el 27 de mayo de 2025 por Augusto Salas, respaldó la solicitud de sobreseimiento definitivo, señalando que la investigación no reunió elementos suficientes y no existía una perspectiva clara de éxito en juicio. Así, confirmó lo solicitado por los fiscales intervinientes.
Detalles del caso contractual
Uno de los expedientes se basaba en hechos ocurridos el 24 de octubre de 2013 en oficinas de Mocipar, donde los procesados rescindieron el contrato N.º 082 con Enrique Ramón Duarte, perteneciente al Consorcio Plan Moto de Mocipar. Acordaron devolverle en 60 cuotas de ₲ 1.051.500 cada una, totalizando ₲ 63.090.000, además de ₲ 12.090.000 por carta de crédito.
No obstante, entre 2013 y 2018 solo se cumplieron 17 cuotas. Según el fiscal adjunto, los elementos típicos del delito de estafa (como declaración falsa, error, disposición patrimonial, perjuicio patrimonial y causalidad) no pudieron ser comprobados con el material reunido.
Resolución final y levantamiento de medidas
Durante la audiencia del 25 de junio de 2025, los fiscales Hernán Galeano y Julio Ortiz se ratificaron en la postura de su superior. Las defensas, a cargo de Julio Ferreira y Felipe Sánchez, se allanaron a la solicitud del Ministerio Público.
El juzgado aplicó lo dispuesto en el artículo 358 del CPP, que obliga a acatar el dictamen fiscal cuando este ratifica el pronunciamiento del fiscal inferior, y declaró la extinción de la acción penal para los seis imputados. Además, ordenó el levantamiento de las medidas cautelares y la cancelación de registros públicos o privados relacionados con el proceso.
Implicancias legales y costos procesales
Según el artículo 361 del CPP, el procedimiento no afecta el buen nombre ni el honor de los sobreseídos. Asimismo, se determinó que no hubo actos de temeridad ni mala fe, por lo que las costas procesales fueron impuestas en el orden causado, es decir, cada parte asumirá sus propios gastos.
Aunque estas tres causas fueron cerradas, sigue pendiente un caso adicional, en el que se investiga una supuesta estafa por más de ₲ 867 millones y que sí será elevado a juicio oral.
Gracias por leer hasta el final.
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