Fiscal adjunto sostiene que no hubo estafa en el caso Mocipar

Fiscalía cambia postura en el caso Mocipar y solicita sobreseimiento definitivo

El fiscal adjunto, Augusto Salas, concluyó que en la causa abierta contra Dany Durand y otros imputados en el caso Mocipar no se configura el delito de estafa. Según su dictamen, no existe una declaración falsa ni perjuicio patrimonial a las víctimas y denunciantes. Salas argumentó que la cuestión “evidentemente debe dilucidarse y zanjarse en el ámbito de la quiebra” de la empresa.

Esta postura marca un cambio respecto a la posición anterior del Ministerio Público, que había solicitado el sobreseimiento provisional por falta de certeza sobre la implicancia de los imputados en el delito. Ahora, Salas sostiene que no hay elementos que configuren el hecho punible.

Reacciones y críticas al dictamen del fiscal adjunto

La abogada Gessy Ruíz Díaz, representante de las víctimas de la extinta Mocipar, cuestionó la ratificación del pedido de sobreseimiento definitivo por parte de Salas. Anunció que solicitará una auditoría a la Fiscalía General y promoverá una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, considerando que algunos operadores del Ministerio Público buscan el blanqueamiento de Durand.

Ruíz Díaz señaló que el cambio de postura del fiscal adjunto, quien previamente había solicitado el sobreseimiento provisional, demuestra una contradicción y un proceder doloso. Afirmó que esto representa una bofetada para las víctimas que llevan años luchando por justicia.

Detalles del caso y antecedentes

El caso involucra a Dany Durand Espínola y otros exdirectivos de Mocipar Automotores S.A., acusados de estafa relacionada con la rescisión de contratos y devolución de aportes a clientes. Uno de los casos se refiere a un contrato celebrado el 24 de octubre de 2013, en el que se estipulaba la devolución de pagos en 60 cuotas. Sin embargo, entre 2013 y 2018 solo se habrían devuelto 17 cuotas.

Salas argumentó que no se puede afirmar la falta previa de voluntad de cumplir con la obligación asumida por parte de los imputados, ya que los pagos comenzaron en diciembre de 2013 y continuaron hasta mayo de 2018. Añadió que la imposibilidad de abonar las obligaciones se debió a problemas económicos que llevaron a la empresa a solicitar la quiebra en 2019.

Conclusión del fiscal adjunto y próximos pasos

Con base en los elementos probatorios, Salas concluyó que no existe una declaración falsa ni perjuicio patrimonial, por lo que la conducta no reúne los elementos típicos requeridos para el hecho punible de estafa. Por consiguiente, solicitó el sobreseimiento definitivo de los imputados.

La abogada Ruíz Díaz anunció que pedirá explicaciones al fiscal general del Estado sobre la posición asumida por Salas y que solicitará la intervención del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, considerando que este proceder marca un antecedente negativo en la investigación penal.


¡Gracias por llegar hasta el final!

Explorá más noticias y dejá tu opinión en los comentarios.

Unite a nuestro canal de WhatsApp y recibí las primicias directo en tu celular: Sumate al canal oficial de WhatsApp

Descubre más desde El Paraguayo Independiente

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo