Reacomodo abrupto prende alarmas en Valenzuela

Corte define competencia en causa por perjuicio a la Municipalidad de Valenzuela

La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió que la Cámara de Apelación de Cordillera debe intervenir en la causa que investiga un presunto perjuicio patrimonial de G 299.231.000 a la Municipalidad de Valenzuela. El caso involucra a la intendenta Mirtha Fernández Yegros y a funcionarias municipales imputadas por hechos de corrupción.

Determinación de competencia en la apelación

La Sala Penal de la Corte Suprema declaró que el Tribunal de Apelación en lo Penal de Cordillera es el órgano competente para estudiar la apelación presentada en la causa que investiga un presunto perjuicio patrimonial de G 299.231.000 a la Municipalidad de Valenzuela.

La definición se dio tras un conflicto de competencia entre dos órganos de alzada:

  • A.I. N.º 198 (25/09/2025): el Tribunal de Apelación de Cordillera declinó su competencia y señaló que el caso debía pasar al tribunal especializado en Delitos Económicos.

  • A.I. N.º 191 (08/10/2025): la Cámara especializada de la Capital rechazó intervenir porque el monto atribuido no supera los 5.500 jornales mínimos requeridos por la Ley 6379/19.

La ministra Carolina Llanes, preopinante, precisó que el perjuicio investigado —G 299.231.000— está muy por debajo de los G 613.261.000 equivalentes a los 5.500 jornales mínimos. Por eso, corresponde la competencia del fuero ordinario para analizar la apelación contra el A.I. N.º 864 (18/09/2025), que admitió la imputación de una tesorera municipal.

La imputación a la tesorera y los hechos atribuidos

Con esta decisión, la Cámara de Apelación de Cordillera deberá revisar el recurso presentado contra el auto que confirmó la imputación de Gladys Fernández Flecha, tesorera de la comuna. A la funcionaria se le atribuyen los hechos de lesión de confianza en carácter de cómplice y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso en calidad de autora.

El Ministerio Público sostiene que Fernández Flecha habría firmado órdenes de pago y documentos que respaldaron desembolsos públicos por obras que no se realizaron.

El trasfondo del caso: obras no ejecutadas y documentos falsos

Según la imputación fiscal formulada en septiembre de 2025, la intendenta Mirtha Fernández Yegros habría autorizado pagos con fondos del FONACIDE por dos obras públicas que no se ejecutaron entre 2021 y 2022:

  • Carga de ripios para caminos rurales (G 124.300.000) adjudicada a M.L.F. Proyectos y Construcciones, de María Liz Fleitas.

  • Construcción de empedrado y enripiado (G 174.931.000) adjudicada a La Constructora O.R., de Óscar Rodas.

La Fiscalía sostiene que se utilizaron facturas, resoluciones y rendiciones de cuentas con datos falsos, mediante las cuales se habrían efectuado pagos irregulares por G 119.300.000 y G 170.160.154, respectivamente. Los desembolsos se realizaron mediante cheques del Banco Nacional de Fomento, varios de ellos cobrados en Itacurubí de la Cordillera por terceros ajenos a las firmas contratistas.

Además, según documentos de la Contraloría, se detectó un recibo por G 4.863.636 agregado a una factura anterior, lo que habría cerrado artificialmente el monto total declarado, “falseando informes presentados como rendición”.

Imputaciones vigentes y avance procesal

Las personas imputadas en la causa son:

  • Mirtha Elizabeth Fernández Yegros (intendenta), por lesión de confianza, producción de documentos no auténticos y declaración falsa, en calidad de autora.

  • Verónica Acosta Fernández y Gladys Fernández Flecha (tesoreras), por lesión de confianza y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, en calidad de autoras.

  • Lourdes Beatriz Cantero Sánchez (jefa de UOC), por lesión de confianza y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso.

  • María Liz Fleitas (MLF Proyectos), por lesión de confianza y producción de documentos no auténticos.

  • Óscar Rodas (La Constructora O.R.), por lesión de confianza y producción de documentos no auténticos.

Por sorteo, la causa está actualmente a cargo del juez Augusto Acuña Rojas, de Caacupé.

Con la decisión de la Corte, la Cámara de Cordillera retomará el estudio del recurso, que será clave para el avance hacia la etapa intermedia.

🔗 El Observador – Declaran competencia de Cámara de Apelación de Cordillera en nueva causa por presunto perjuicio patrimonial a comuna de Valenzuela

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