Condena abreviada por millonario desvío en San Pedro
Un constructor proveedor de la Municipalidad de San Pedro del Ycuamandyyú fue condenado a dos años de cárcel con suspensión de la pena, tras admitir un perjuicio de G. 247 millones en obras comunales. La causa también alcanza al exintendente colorado Gustavo Rodríguez.
Fallo de Humberto Otazú en causa municipal
El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú dictó una condena de dos años de prisión, con suspensión de la ejecución de la pena, contra Óscar Raúl Cañete Delgado, representante de RC Construcciones y proveedor de la Municipalidad de San Pedro del Ycuamandyyú.
El procedimiento abreviado fue aplicado tras la admisión de hechos y la oferta de reparación del daño.
Según el caso, Cañete generó un perjuicio de G. 247.348.772 al incumplir especificaciones contractuales y, en algunos casos, directamente no ejecutar las obras previstas.
El constructor está procesado junto con el exintendente Gustavo Rodríguez (ANR) por presunta lesión de confianza.
Intervenciones fiscales y cambio de criterio
En la audiencia del 9 de setiembre, la fiscala Elena Fiore Franco se había ratificado inicialmente en la acusación, pero luego se allanó a la suspensión condicional del procedimiento.
El juez Otazú rechazó ese pedido y le dio trámite de oposición.
Posteriormente, el 9 de octubre, la fiscala adjunta Soledad Machuca ratificó la acusación por lesión de confianza, aclarando que no se opondría a la utilización de otro acto conclusivo compatible con la acusación.
Defensa solicita abreviado y acusado admite hechos
Durante la audiencia preliminar posterior, la defensa a cargo de Hugo Florentín González planteó el procedimiento abreviado.
Cañete reconoció los hechos y ofreció reparar el daño por el monto total del perjuicio.
La fiscala Fiore se allanó al pedido y el juez Otazú admitió el requerimiento del Ministerio Público.
El fallo calificó el hecho como lesión de confianza y aplicó la pena mínima con suspensión, bajo estrictas condiciones.
Condiciones impuestas y plan de reparación
El condenado deberá:
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No cambiar de domicilio.
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Comparecer trimestralmente ante el Juzgado.
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Acudir a todas las citaciones judiciales.
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Pagar G. 247.348.772 en 36 cuotas mensuales de G. 6.870.799 a la Municipalidad.
La suma deberá ser reinvertida en educación, bajo control del Ministerio de Educación y Ciencias.
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