La Resolución emitida por el Tribunal de Apelación Multifuero de San Pedro del Ycuamandyyú confirma la sentencia definitiva Nro. 26 del 16 de marzo de 2023, emitida por el Tribunal de Sentencia de San Estanislao. Esta sentencia condena a Edgar Noel Saavedra Samaniego y Rodrigo Suárez Alvez a una pena de dos años de privación de libertad, con la suspensión de la ejecución de la condena, por el delito de sustracción de energía eléctrica de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).
Se determina que el daño patrimonial ocasionado asciende a G. 3.800 millones.
Es relevante recordar que Edgar Noel Saavedra Samaniego y Rodrigo Suárez Alvez habían sido condenados en marzo previo a dos años de prisión, pero con la suspensión de la ejecución de la pena, basada en el nivel de responsabilidad. Los condenados llevaron a cabo una conexión clandestina en San Estanislao (Santaní), en el departamento de San Pedro, mediante un enlace directo y sin medidor, que desviaba la línea de distribución de 23.000 voltios a un transformador de 1.000 kVA de potencia. Esta energía estaba destinada a una instalación de criptominería que operaba las 24 horas para la producción de la moneda virtual, en este caso, el bitcoin.
La Fiscalía actuó luego de que la ANDE denunciara el hecho, ya que el consumo intensivo de electricidad ocasionado por esta conexión clandestina generó un perjuicio estimado de G. 3.800 millones para la empresa estatal de electricidad. Es importante destacar que esta es la primera vez que se registra una condena por el delito de sustracción de energía eléctrica de manera ilícita en Paraguay.
La sentencia se otorga con la suspensión de la ejecución de la pena debido a que la condena es menor a cinco años, basándose en el nivel de responsabilidad y en el objetivo de reintegrar a los condenados a la sociedad. Según lo establecido en el Artículo 173 del Código Penal paraguayo, que trata sobre la sustracción de energía eléctrica, la pena máxima para este tipo de delitos es de tres años.
