Hay decisión para el imputado del superclásico: qué le impusieron

El juez aplicó el principio de excepcionalidad de la prisión preventiva y se alineó con lo resuelto para los coimputados

El juez penal de garantías José Delmás resolvió la situación procesal de William Gabriel Santacruz Urunaga, imputado por perturbación de la paz pública y resistencia en el marco de los desmanes que llevaron a la suspensión del último superclásico del fútbol paraguayo, jugado en el estadio Defensores del Chaco. Según informó El Observador, el magistrado dispuso una medida sustitutiva a la prisión preventiva, con condiciones estrictas.

Hasta esta resolución, el imputado se encontraba recluido en la Penitenciaría Regional de Ciudad del Este y, según el medio, no posee antecedentes penales.

Por qué le otorgó la medida

De acuerdo con la cobertura, el juez fundamentó la decisión en el principio de excepcionalidad de la prisión preventiva y en lo dispuesto por el Código Procesal Penal, que limita los fines de las medidas coercitivas a «asegurar la presencia del imputado en el proceso e impedir la obstaculización de la averiguación de la verdad».

La defensa, a cargo de la abogada Natalia Vouga, aportó el Certificado de Vida y Residencia y una boleta de la ANDE para acreditar arraigo en el territorio nacional, elementos que —en el criterio del juzgado— descartan el peligro de fuga. El magistrado también invocó el principio de igualdad procesal, dado que coimputados de la misma causa ya habían accedido a la misma medida.

Las reglas que debe cumplir

Según los términos publicados por El Observador, la medida sustitutiva incluye:

  • Arresto domiciliario bajo control de la Comisaría 16ª de Paraíso.
  • Prohibición de salir del país sin autorización del juzgado.
  • Prohibición de cometer otro hecho punible.
  • Caución juratoria del imputado, con la expresa advertencia de que, en caso de incumplimiento, la medida será revocada.

Los coimputados que ya tenían la misma medida

Conforme a lo publicado, el juzgado consignó que los coimputados Maximiliano Sebastián Servín Vaezken, Junior Ariel Alcaraz Vera y Pedro Pablo Benítez Sánchez ya habían sido beneficiados con el arresto domiciliario, lo que reforzó el argumento de igualdad procesal aplicado al caso de Santacruz Urunaga.

El contexto del caso

La causa se desprende de los disturbios del 19 de abril de 2026 en el clásico Olimpia–Cerro Porteño, que terminó suspendido tras los incidentes en el Defensores del Chaco. Según ABC Color, el Ministerio Público imputó inicialmente a seis personas y pidió la detención de otras siete, mientras La Nación reportó la prisión preventiva dictada en aquella primera instancia. Posteriormente, una cámara ratificó la prisión para uno de los imputados, en una causa que ha ido variando de situación procesal según cada persona.

Una precisión necesaria

Conviene remarcar que la concesión de una medida sustitutiva y la prisión preventiva son decisiones sobre la situación procesal de las personas mientras dura el proceso: no constituyen una condena ni una absolución. La causa continúa su curso y rige el principio de presunción de inocencia respecto de Santacruz Urunaga y de los demás imputados hasta tanto recaiga sentencia firme. EPI amplifica la información publicada por los medios citados y seguirá la evolución del caso.


🔗 Fuentes: El Observador — Imputado tras superclásico obtiene arresto domiciliario sujeto a control policial · ABC Color — MP imputa a 6 barras bravas y pide la detención de otros 7 · La Nación — Juez decretó prisión para imputados por disturbios en el superclásico · ABC Color — Ratifican la prisión para barrabrava imputado por disturbios

⚖️💬 ¿Vos qué pensás? ¿La concesión de arresto domiciliario para imputados por disturbios en estadios es razonable mientras dura el proceso, o termina debilitando el mensaje contra la violencia en el fútbol?

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