Gordito Lindo: la decisión que cambia todo para el expolicía

El fallo que selló la suerte del expolicía del caso “Gordito Lindo”

La Cámara de Apelación Penal Tercera Sala confirmó la condena de seis años de prisión al exsuboficial Fabio Rolón Figueredo, declarado culpable por ayudar en la fuga de César Ramón Ortiz Sosa, alias “Gordito Lindo”.

El tribunal estuvo integrado por los jueces Adriana Giagni Rojas, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero Cabrera.

La resolución ratifica la Sentencia Definitiva N.º 250, del 12 de junio de 2025, dictada por el juez Darío Javier Báez Ferreira, junto a Gloria Hermosa Fleitas y Christian González Gómez.

El fallo deja firme la responsabilidad del expolicía en uno de los episodios más insólitos ocurridos en la Penitenciaría de Tacumbú.

Una fuga que puso en jaque al sistema penitenciario

El 29 de mayo de 2022, Ortiz Sosa, condenado por robo agravado, escapó disfrazado de mujer: peluca, pollera, uñas postizas y tapabocas. Logró salir del penal, pero fue detenido poco después.

Según el fallo, Rolón Figueredo formaba parte del plan. Esperaba al interno frente al penal, a bordo de un vehículo junto con Lidia Rosana Benítez, listo para sacarlo del lugar.

El Tribunal de Sentencia concluyó que su rol fue clave para la evasión. Lo condenó como coautor de liberación de presos y asociación criminal. “Tuvo dominio funcional del hecho”, señalaron los magistrados, porque su tarea era garantizar la huida inmediata.

La defensa alegó error de derecho

El abogado Héctor Torres Vázquez apeló la sentencia. Sostuvo que su cliente debía ser considerado “cómplice tentado” y no coautor, ya que la fuga no se consumó por completo.

“La tentativa de complicidad no es punible conforme al Código Penal”, afirmó al pedir la nulidad del fallo.

El fiscal Christian Ortiz respondió que el plan fue “fríamente planificado”, con tareas distribuidas y acuerdo previo. “Rolón tenía el motor encendido, listo para evacuar al interno. Su aporte fue esencial. Que la fuga haya sido frustrada no borra la consumación del delito”, sostuvo el Ministerio Público.

La Cámara cerró la discusión

La jueza Adriana Giagni, preopinante, explicó que el artículo 294 del Código Penal castiga como autor al que apoya una fuga, incluso si el preso no logra huir.

Esa excepción evita que queden impunes quienes ayudan en evasiones carcelarias.

Fabio Rolón fue autor del hecho castigado como liberación de presos, porque su apoyo fue directo y efectivo”, sostuvo la magistrada.

Los camaristas coincidieron en que la sentencia de primera instancia está bien fundada y “ajustada a derecho”.

También calificaron la pena de seis años como “proporcional al grado de reproche”, en función de la gravedad de los hechos y los fines preventivos de la sanción.

Un largo proceso judicial

Rolón ya había sido condenado en 2024 a cinco años de prisión, pero ese fallo fue anulado parcialmente en marzo de 2025.
En el nuevo juicio, el juez Darío Báez elevó la pena a seis años y lo declaró coautor consumado.

El expolicía había recuperado su libertad en 2021 tras anularse una condena anterior por intento de tráfico de drogas. Con la decisión actual, vuelve a prisión con condena firme por el caso “Gordito Lindo”.

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