La Corte cerró causa por derrumbe escolar en Lambaré
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la extinción de la acción penal en la causa por la caída del techo de un aula del Colegio Nacional de Lambaré. El hecho ocurrió en 2015 y dejó varios estudiantes y docentes heridos. Con esta decisión, quedó firme el sobreseimiento definitivo de los tres procesados, entre ellos el exintendente Roberto Cárdenas Ramírez. La causa quedó cerrada en el ámbito penal.
Decisión de la Sala Penal
La resolución fue dictada mediante el Acuerdo y Sentencia N.º 8 por los ministros Luis Benítez Riera, María Carolina Llanes y César Garay Zuccolillo. Por mayoría, la Corte declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación presentado por el Ministerio Público.
El tribunal ratificó que la causa superó el plazo máximo de duración del proceso. Así, quedó firme el fallo del Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de Central, del 22 de agosto de 2024, que declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento definitivo.
Condenas que quedaron sin efecto
En el segundo juicio oral, Roberto Cárdenas Ramírez había sido condenado a cuatro años de prisión. Guido Fernández Saucedo y Vicente Acosta Gibbons recibieron penas de dos años cada uno. El primer juicio ya había sido anulado con anterioridad.
Posteriormente, el Tribunal de Apelación concluyó que el proceso excedió el plazo razonable. Por ese motivo, anuló íntegramente la sentencia condenatoria y decretó el sobreseimiento definitivo de los acusados.
Con la ratificación de la Corte Suprema, esas condenas quedaron sin vigencia y la causa penal se dio por concluida.
Recurso fiscal rechazado
Los fiscales Luis Said y Carina Sánchez promovieron un recurso extraordinario de casación contra el fallo del Tribunal de Apelación. Buscaban revertir la extinción de la acción penal.
El ministro Benítez Riera, en el voto que hizo mayoría y al que adhirió la ministra Llanes, sostuvo que los recurrentes no acompañaron resoluciones contradictorias. Tampoco desarrollaron una argumentación concreta sobre los supuestos defectos del fallo impugnado.
Según el voto, el planteamiento expresó una disconformidad genérica con el resultado del proceso. Eso no habilita el estudio del recurso de casación. El ministro César Garay Zuccolillo votó en disidencia y se pronunció a favor de dar trámite al recurso.
El hecho y su impacto
El derrumbe del techo ocurrió el 30 de setiembre de 2015. Afectó a un aula del Colegio Nacional de Lambaré y dejó varios heridos. Durante el proceso, las pericias atribuyeron el colapso a una falla estructural, vinculada a deficiencias de diseño y a la calidad de los materiales.
Pese a la gravedad del hecho y a su repercusión social, la confirmación de la extinción de la acción penal implica que no habrá sanción penal en esta causa.
🔗 Judiciales Net – Extinción de acción penal deja impune caída de techo en escuela de Lambaré
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