Juez Otazú desestima denuncia contra ex titular del IPS
El juez Humberto Otazú, del fuero de Delitos Económicos, resolvió desestimar la denuncia por supuesta lesión de confianza contra el ex presidente del Instituto de Previsión Social (IPS), Vicente Mario Bataglia, y otros ex directivos de la previsional. La decisión se adoptó tras el pedido formulado por los fiscales Luis Arce, Néstor Coronel y Luis Piñánez, quienes en octubre de 2024 solicitaron la desestimación, posteriormente ratificada por la fiscala adjunta Soledad Machuca.
Antecedentes de la denuncia
El proceso se originó con el Reporte de Indicios de Hechos Punibles N.º 53/2023, remitido por la Contraloría General de la República (CGR). El informe señalaba presuntas irregularidades ocurridas en el ejercicio fiscal 2022 y el primer cuatrimestre del 2023, con un presunto desfalco estimado en G. 1 billón. Entre las observaciones se incluían 9.355 bienes catalogados como faltantes, inconsistencias en consumos de combustible y diferencias en pagos a proveedores médicos.
Además de Bataglia, fueron investigados Roberto Brítez Ferreira, Gustavo Ramón Arias, Ludia Claudina Silvera López, Miguel Ángel Doldán Martínez y Ricardo Vicente Oviedo Medina. Sin embargo, según el dictamen fiscal, las diligencias practicadas no acreditaron la existencia de perjuicio patrimonial concreto.
Argumentos del Ministerio Público
La Fiscalía sostuvo que, pese a las observaciones de la CGR, los hechos carecían de relevancia penal. Respecto al pagaré por G. 65.379 millones firmado a favor de Interfisa Banco, se comprobó que fue anulado y sustituido en agosto de 2023 por otro por el monto correcto de G. 50.000 millones más intereses, sin generar perjuicio.
En cuanto a los pagos a proveedores por G. 1,1 billones, se concluyó que correspondían a medicamentos ya ingresados al parque sanitario y provisionados para pago. Testigos del área contable confirmaron la existencia de la documentación, aunque no fue entregada oportunamente a la CGR. Lo mismo ocurrió con las diferencias entre balances y ejecución presupuestaria (G. 10.600 millones), atribuidas a retenciones sindicales y deudas flotantes regularizables. Las supuestas irregularidades en subsidios de maternidad, por G. 21.700 millones, fueron conciliadas en meses posteriores.
Fallo y conclusión
En diciembre de 2024, la fiscala adjunta Machuca ratificó el pedido de desestimación, remarcando que “este hecho no puede ser punible, pues no existió perjuicio patrimonial”. El juez Otazú, en su resolución del 18 de agosto de 2025, concluyó que los hechos denunciados “no tendrían relevancia penal” y que, conforme al artículo 314 del Código Procesal Penal, correspondía hacer lugar al pedido del Ministerio Público.
De esta forma, la denuncia fue archivada y los ex directivos del IPS quedaron desvinculados del proceso penal.
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