Sedeco y MIC imponen plazo de 4 meses a estaciones de servicio

Sedeco y el MIC exigen transparencia en 2.800 estaciones de servicio del país

El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco) emitieron la Resolución SDCU N.º 851/2025, que obliga a todas las estaciones de servicio del país a exhibir visiblemente los tipos de combustibles y sus respectivos precios. La normativa alcanza a las 2.800 estaciones en todo el territorio nacional.

Plazo y sanciones por incumplimiento

Las empresas tendrán un plazo de hasta 4 meses para adecuarse a la disposición. En caso de no cumplir, se exponen a sanciones de entre 20 y 10.000 jornales mínimos legales, lo que puede representar multas de hasta G. 1.100 millones, considerando el jornal actual.

Control y fiscalización

El MIC y Sedeco anunciaron que realizarán fiscalizaciones periódicas para verificar el cumplimiento. Las infracciones serán documentadas y derivadas a procedimientos administrativos sancionatorios.

Buscan fortalecer el derecho a la información

El objetivo central de la medida es fortalecer la transparencia en el mercado de los combustibles, permitiendo que los consumidores comparen precios de forma clara sin necesidad de consultar en surtidores o solicitar asistencia.

La normativa se basa en el Decreto N.º 3241/25, que establece criterios técnicos para garantizar condiciones justas de comercialización.

Contexto del sector

El ajuste ocurre en un contexto de alta sensibilidad en precios del combustible, donde los emblemas alegan márgenes reducidos. El MIC asegura que esta resolución no impone límites de precios, pero sí estandariza la forma en que deben ser comunicados al público.


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