Ocupantes VIP: ¿Qué pasa con los que no entregaron las llaves?

Mediante un procedimiento judicial titulado «Procuraduría General de la República y otros c/ Daniel Iván Gómez Rambado y otros s/ reivindicación», el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Noveno Turno ha decretado el embargo preventivo de bienes de los demandados y ha impuesto una prohibición de innovar sobre la Finca N° 916.

El embargo se ha establecido con montos variables para cada uno de los demandados, basados en una estimación provisional de los costos que implicaría demoler las construcciones ilegales realizadas en las tierras pertenecientes al Ministerio de Defensa.

El Procurador General, Marco Aurelio González, ha indicado que estos embargos buscan asegurar que el Estado disponga de los fondos necesarios para afrontar los gastos de demolición.

Entre los afectados por esta resolución se encuentran Miguel Antonio Reynal Vera, con un embargo de G. 280 millones; Jorge Raúl García Rotela y María del Socorro García de Ferreira, con G. 300 millones; Gumercindo Leguizamón Ortiz y Purificación Gómez de Leguizamón, con G. 53 millones; y varios otros individuos, incluyendo al juez de Villa Hayes Daniel Iván Gómez Rambado, con un embargo de G. 72 millones.

La ejecución de la demolición está prevista para iniciar una vez que se obtenga una sentencia firme y ejecutoriada dentro del caso. Sin embargo, el proceso podría prolongarse debido a que algunos abogados de los demandados han expresado su intención de entorpecer el juicio mediante tácticas dilatorias.

Los ocupantes que han entregado voluntariamente las llaves, no forman parte de esta demanda civil. 

Adicionalmente, el Procurador General ha anunciado la posibilidad de solicitar una indemnización por los daños ocasionados al terreno, especialmente considerando que algunas construcciones se encuentran en la ribera del río Paraguay y podrían haber alterado el estado natural de las tierras del Ministerio de Defensa.


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