El juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazu hizo lugar a la desestimación de la denuncia penal por supuesta lesión de confianza contra el actual senador colorado Pedro Alejandro “Pipo” Díaz Verón y los ordenadores de gastos de la Gobernación de Caazapá.
El magistrado atendió el pedido realizado por la fiscal Victoria Acuña, quien se encargó de investigar la denuncia presentada por los concejales departamentales de Caazapá Wilson Hernán López Acosta y Rodrigo Ariel Miño Brítez, por el presunto pago irregular de G. 643 millones por adelanto de un contrato de reparación de camiones y máquinas pesadas a la empresa MGE, sin una contraprestación del servicio.
Otazú resalta en su resolución que la supuesta comisión de un hecho punible de acción penal pública debe producir una salida procesal por parte del Ministerio Público conforme el artículo 301 del Código Procesal Penal, y que en este caso se plantea la desestimación de la denuncia en razón de que, el hecho que motivó la presente investigación no constituye un hecho punible.
Agrega que la fiscalía accedió al Contrato N° 04/2019 – ID 366130 firmado entre la Gobernación de Caazapá representada por el Gobernador Abg. Pedro Alejandro Díaz Verón, y representante de la firma MGE de Moisés Gustavo Eisenhut; también se encuentra el Acta de recepción de las máquinas que habían sido sometidas a reparación y mantenimiento.
La resolución resalta que a través de los informes periciales se concluye que los servicios de reparación y mantenimiento consignados en las órdenes de compras emitidas y señaladas en la resolución N° 6 de la Gobernación de Caazapá «efectivamente fueron realizadas, también se puede observar en el cuadernillo del Informe Final de la Contraloría la Rectificación Total de la Observación conforme al dictamen de la DGAJ N° 596/2021 de fecha 17 de diciembre del 2021 (fs. 36); que establece que “…se desprende de la nota remitida al Taller Mecánico se solicita la coordinación para las reparaciones y mantenimientos , a fin de adecuarse al cronograma de trabajo…”, por lo que el Equipo Auditor procedió a efectuar lo establecido en el Dictamen citado precedentemente».
Respecto al segundo hecho investigado, la denuncia refiere que en el objeto de gasto de la Gobernación en lo referente al rubro de combustible, la misma contaba con una partida presupuestaria de 1.067.192.673 guaraníes y que, el gobierno Departamental ejecutó en su totalidad en vehículos y maquinarias que presuntamente se encontraba fuera de servicio, teniendo en consideración la fecha del Contrato firmado con la firma MGE (8 de diciembre de 2019) para el mantenimiento de reparación y maquinarias.
Al respecto el Juzgado de Garantías señala que pudo corroborar el informe remitido por la Señora Antonia Beatriz Lopez de Vázquez en el cual de detalla los trabajos realizados por la maquinarias de la Gobernación fueron realizados en fecha anterior al contrato firmado con la firma MGE.
En cuanto al tercer hecho investigado: las Obras de Construcción del Polideportivo en el Colegio Inmaculada Concepción realizada con transferencia de la Gobernación a la Comisión de Padres; el Juzgado indica que en la carpeta de investigación fiscal se encuentra la Resolución por la cual la Municipalidad de Caazapá reconoce oficialmente a la Comisión de Padres del Colegio Inmaculada Concepción siendo el Pte. el Sr. Amado Baldomero Díaz Verón, así también se puede visualizar las fotografías de la palada inicial como las fotografías de inauguración de Polideportivo del Colegio Inmaculada Concepción.
En conclusión, conforme al análisis pormenorizado realizado de las documentaciones obrantes como de las actuaciones de investigación realizada por el Ministerio, el juez Humberto Otazú llegó al convencimiento de que, al no corroborarse la existencia de los hechos denunciados, no puede demostrarse la configuración típica del hecho investigado, y que, conforme al requerimiento fiscal mencionado precedentemente, corresponde hacer lugar a lo solicitado por la fiscalía.
