Los tapabocas de oro siguen impunes
El caso que marcó la corrupción en pandemia sigue sin castigo judicial
Una causa marcada por el escándalo y la impunidad
El 18 de junio de 2024 se cumplió un año desde que el caso conocido como los tapabocas de oro quedó sin castigo en primera y segunda instancia judicial. La investigación involucraba al exdirector de la Dinac, Édgar Melgarejo Ginard, y a otros cuatro funcionarios, procesados por una presunta sobrefacturación de tapabocas en plena emergencia sanitaria por el COVID-19.
La causa fue anulada por el Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, que resolvió el sobreseimiento definitivo de todos los imputados. El motivo: no se realizó la indagatoria previa, lo que fue calificado como un error procesal por parte del Ministerio Público. En consecuencia, el juicio ni siquiera pudo avanzar hacia un análisis de fondo sobre la supuesta corrupción.
Una compra que escandalizó durante la pandemia
El caso despertó un fuerte rechazo ciudadano, no solo por los 119 millones de guaraníes comprometidos en la compra, sino por el contexto en el que se realizó. En un momento donde el sistema de salud colapsaba y los insumos médicos escaseaban, se denunció una sobrefacturación de tapabocas en la Dinac, institución encabezada en ese entonces por Melgarejo.
El nombre del caso se volvió símbolo de indignación nacional: “tapabocas de oro” aludía a la exorbitante cifra pagada por cada unidad. Sin embargo, a pesar del revuelo, el fallo judicial dejó en nada las acusaciones, generando críticas por la falta de castigo frente a actos de corrupción en tiempos de crisis.
La fiscalía insiste en revertir la decisión
Ante esta situación, el Ministerio Público decidió no dar por cerrado el caso. En 2023, la fiscal adjunta Soledad Machuca Vidal presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, solicitando que se revoque el fallo de la Cámara de Apelaciones.
Según la fiscal, la resolución judicial fue “infundada” y generó una “impunidad grave”. Machuca sostuvo que la Cámara no tenía facultad legal para anular un requerimiento fiscal, ya que el Artículo 165 del Código Procesal Penal establece que las nulidades solo pueden ser aplicadas a resoluciones judiciales.
Agregó además que, al anular la acusación fiscal y disponer el sobreseimiento definitivo, el Tribunal de Apelación excedió sus competencias, ya que el Ministerio Público es un interviniente, no un juez. Por tanto, sus actos no son pasibles de nulidad.
Un fallo que pone a prueba el sistema judicial
El recurso de casación presentado busca que la Corte Suprema de Justicia evalúe la legalidad de la anulación dispuesta por la Cámara de Apelaciones. Si el máximo tribunal decide hacer lugar al pedido fiscal, el caso podría volver a abrirse.
Pero si se ratifica el sobreseimiento definitivo, se consolidaría la impunidad sobre uno de los hechos más emblemáticos de presunta corrupción durante la pandemia. La decisión, por tanto, se torna clave para evaluar el compromiso del sistema judicial con el combate a la corrupción.
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