Comisario acusado de tortura en la dictadura queda libre

Libertad para expolicía sindicado de torturador durante la dictadura

La Cámara de Apelaciones ordenó la libertad ambulatoria del comisario Fortunato Lorenzo Laspina Escurra, acusado de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura de Alfredo Stroessner.

El mismo cumplía arresto domiciliario, pero fue beneficiado con la libertad debido a su avanzada edad y a su delicado estado de salud.

El tribunal de alzada integrado por los camaristas Silvana Luraghi, Delio Vera Navarro y Bibiana Benítez Faria (voto en disidencia) hizo lugar la apelación planteada por los abogados Eduardo Roig y Federico Hetter contra el Auto Interlocutorio N° 94 del 8 de octubre de 2024, dictado por la jueza de Garantías Lici Sánchez, quién ratificó el arresto domiciliario del expolicía.

La defensa argumentó su agravio en el rechazo de medidas menos gravosas, en relación al acusado, por el cual habían solicitado que el Juzgado de Garantías interviniente que levante y deje sin efecto el arresto domiciliario que estaba cumpliendo Laspina Escurra, en el marco del presente proceso penal.

Fundamentó también que el acusado tiene 79 años de edad y varios problemas de salud propios de su edad, además de una operación quirúrgica que requiere de fisioterapia y controles y tratamientos.

Argumentos de la libertad ambulatoria

En la resolución por la que se dicta la libertad ambulatoria del acusado, el Tribunal de Apelación resalta que Artículo 57 de la Constitución Nacional contempla que «Toda persona en la tercera edad tiene derecho a una protección integral. La familia, la sociedad y los poderes públicos promoverán su bienestar mediante servicios sociales que se ocupen de sus necesidades de alimentación, salud, vivienda, cultura y ocio, así como el art 68 de la CN que dispone: que el Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad… nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades”.

Señalan que lo ofrecido por la defensa como fianza real: título de propiedad de la finca 6251 del distrito de San Bernardino, Departamento de Cordillera, con superficie de 600 metros cuadrados, y el informe de Tasación y Avaluación privada del inmueble por valor de G. 201.000.000, es suficiente para garantizar el sometimiento al proceso penal del encausado y las resultas del juicio.

En ese sentido los camaristas coinciden que se hallan suficientes elementos para sostener que los hechos nuevos manifestados por la defensa técnica desvirtúan el peligro de fuga y la obstrucción de la investigación.

Acusación fiscal por presunta tortura

La acusación fiscal resalta que Domingo Germán Rolón fue recluido el 2 de diciembre de 1976 en la sede de Investigaciones de la Policía, y estuvo detenido desde el año 1976 hasta 1977, luego fue trasladado a Judiciales y posteriormente a Emboscada hasta el año 1978.

Luego de su ingreso a la sede policial, el acusado junto a los agentes Manuel Alcaraz, Aniceto Martínez y Mario Flores Cáceres torturaron por primera vez con golpes con garrote y las sesiones en la pileta a Rolón.

El Ministerio Público agrega que además de la violencia física, Laspina Escurra cometía tratos crueles y degradantes al no dejarle a la víctima usar el baño ni que se higienice durante el tiempo de su reclusión, por lo que la víctima tenía que hacer sus necesidades en la pieza donde se encontraba, puntualiza la acusación fiscal.

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