Jurisdicción definida en causa que involucra a intendenta

Caso de intendenta de Quyquyhó será juzgado en Asunción

El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú rechazó las excepciones de incompetencia presentadas por la intendenta de Quyquyhó, Patricia Corvalán (ANR), y los acusados Carlos Aurelio Bareiro Bogarín y Ruth Mercedes Medina. Los procesados buscaban que la causa se tramite en Paraguarí, pero el magistrado ratificó que la competencia corresponde a Asunción, conforme a la Ley 6379/19 y la Acordada 1406/2020. Con esta decisión, podrá fijarse la audiencia preliminar pendiente.

Defensa alegó retroactividad y juez natural

Las defensas argumentaron que los hechos investigados ocurrieron entre 2011 y 2017, bajo la administración del entonces intendente y actual diputado Esteban Samaniego. Alegaron que el proceso debía sustanciarse en Quiindy (Paraguarí), conforme al principio del juez natural y a la prohibición constitucional de aplicar retroactivamente una ley en perjuicio del imputado.

Fiscalía pidió rechazo de la excepción

El Ministerio Público sostuvo que la Acordada 1406/2020 otorga competencia nacional a los juzgados especializados en Delitos Económicos, incluso en procesos abiertos con anterioridad que sigan en trámite. Por eso, el fiscal interviniente solicitó rechazar el incidente planteado por las defensas.

Resolución firme de Otazú

El juez Humberto Otazú señaló que intervino desde el inicio de la causa, al admitir la imputación, resolver incidentes y convocar audiencias, incluida la preliminar. Recordó que la acusación incluye hechos de administración en provecho propio, competencia exclusiva del fuero especializado. Por eso, ratificó que su juzgado es “plenamente competente” y negó las excepciones planteadas.


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