La Fiscalía acusa a Rafael Ávila de incumplir una orden judicial de reincorporación laboral
La fiscal Mercedes Vera imputó al defensor del Pueblo, Rafael Luis Ávila Macke, por presunto desacato a una orden judicial.
La acusación se basa en el incumplimiento de una resolución del Tribunal de Cuentas que ordenaba la reincorporación inmediata de Nidia Pintos Benítez a su cargo de Directora General en la Defensoría del Pueblo.
El 19 de junio de 2024, el Tribunal de Cuentas Contencioso Administrativo de la Primera Sala emitió el A.I. Nº 397, que disponía la reposición de Pintos Benítez en su puesto.
La notificación fue enviada electrónicamente ese mismo día a las 12:56:19 horas.
Sin embargo, el 11 de septiembre de 2024, la funcionaria informó al tribunal sobre el incumplimiento de la orden por parte de la Defensoría y de Ávila Macke.
Solicitud de desafuero y medidas cautelares
Dado que Ávila Macke goza de inmunidad por su cargo, la fiscal solicitó al Juzgado Penal de Garantías que comunique el acta de imputación a la Cámara de Diputados para que se trate su desafuero.
Además, se pidieron medidas alternativas a la prisión preventiva, que incluyen:
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Presentación mensual ante el juzgado para firmar el libro de control.
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Prohibición de salida del país.
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Fijación de domicilio y prohibición de cambiarlo sin autorización judicial.
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Caución real suficiente, acorde a la naturaleza del hecho punible.
Defensa alega cumplimiento de la orden
El abogado defensor, Pedro Santacruz Acosta, sostiene que no existió desacato, ya que la Defensoría cumplió con la orden judicial en octubre de 2024, reincorporando a Pintos Benítez y comunicando dicha acción al Ministerio Público.
Según Santacruz, la Fiscalía fue informada en noviembre y diciembre de 2024, y en febrero y abril de 2025, se reiteró el cumplimiento de la resolución.
Por ello, considera que la imputación carece de fundamento legal y espera que la jueza penal de garantías, Diana Carvallo, devuelva la imputación a la fiscal para su revisión.
Contexto legal y próximos pasos
La imputación se enmarca en la Ley 4711/12, que sanciona el desacato a una orden judicial, en concordancia con el Art. 29 inc.1° del Código Penal.
El proceso ahora depende de la decisión de la Cámara de Diputados respecto al desafuero de Ávila Macke.
En caso de aprobarse, el defensor del Pueblo deberá enfrentar el proceso judicial correspondiente.
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