El Registro de Deudores Alimentarios Morosos impide trámites a quienes incumplen obligaciones alimentarias
Desde el 11 de abril de 2024, la Corte Suprema de Justicia, en conjunto con el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia y la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (OPACI), implementó la Ley N° 6506/20. Esta normativa vincula el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) a los sistemas municipales, impidiendo que personas con deudas alimentarias accedan a la renovación o expedición de licencias de conducir.
Bloqueo de licencias por deudas alimentarias
El pasado 31 de marzo, fecha de vencimiento de numerosas licencias de conducir, más de 1.000 personas se vieron imposibilitadas de renovar sus registros debido a su inclusión en el REDAM. La jueza de la Niñez y Adolescencia, Pili Rodríguez, explicó que el sistema es automático: si una persona no está al día con sus obligaciones alimentarias, no puede obtener el permiso de conducir.
Funcionamiento y alcance del REDAM
El REDAM se estableció como un mecanismo de control del deber legal alimentario. Se considera deudor alimentario moroso a quien incumple una obligación alimentaria derivada de una sentencia firme o convenio judicial homologado, adeudando tres o más cuotas sucesivas o alternadas. La ley busca garantizar el cumplimiento de estas obligaciones, restringiendo ciertos trámites a los morosos.
Recomendaciones para los afectados
Las personas incluidas en el REDAM deben regularizar su situación para poder acceder a trámites como la renovación de licencias de conducir. Es fundamental ponerse al día con las obligaciones alimentarias y verificar el estado en el registro antes de iniciar cualquier gestión.
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